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Qué hacer en caso de incendio en un camión de transporte de mercancías peligrosas

El transporte de mercancías es una profesión que conlleva muchos riesgos, y si son mercancías peligrosas se acentúa aun más este riesgo. Por ese motivo la formación especializada del conductor es esencial para desarrollar correctamente esta actividad. Conocer el riesgo que conlleva la mercancía, prevenir posibles errores y señalizar correctamente son claves en el transporte de mercancías peligrosas. Pero, ¿sabrías reaccionar ante el incendio en un camión que transporta mercancías peligrosas? A continuación, os damos las claves para evitar males mayores.

Causas de incendio en un camión de transporte de mercancías peligrosas

Las principales causas de incendio en un camión de transporte de mercancías peligrosas pueden ser las siguientes:

  • Accidente de tráfico
  • Mantenimiento inadecuado del vehículo
  • Incorrecta distribución de la carga
  • Mal estado de la carga que se transporta
  • Ruptura o fuga en la cisterna
  • Negligencia durante la carga o descarga

Qué medidas preventivas existen para evitar un incendio

La mejor manera de evitar un incendio durante el transporte de mercancías peligrosas es la prevención. A continuación, unas reglas básicas para evitar este riesgo:

  • Mantenimiento periódico del vehículo
  • Comprobar el estado de las cisternas
  • Llevar un extintor de incendios de polvo en el vehículo
  • No fumar en el interior del vehículo y apagar bien las colillas que se desechen
  • Limpiar la cisterna tras su uso
  • Señalizar adecuadamente el vehículo
  • Efectuar la carga y descarga según los protocolos

Cómo actuar ante el fuego en un camión

El conductor de mercancías peligrosas debe recibir instrucciones sobre cómo actuar en caso de accidente. Es la manera de evitar males mayores en relación a la carga peligrosa que transporta. Las indicaciones deben contemplar lo siguiente:

  • La denominación de la materia
  • La clase y el número de ONU
  • El peligro que presentan estas materias y las medidas que el conductor debe adoptar en caso de accidente
  • Medidas de orden general a tomar: prevenir a los usuarios de la carretera, transeúntes y avisar a la policía y a los bomberos
  • Las medidas suplementarias ante fugas o derrames

En todo transporte de mercancías peligrosas se debe informar sobre la naturaleza del peligro, los peligros secundarios y aquellos que puedan afectar el medio ambiente. También informar sobre el comportamiento de la mercancía en caso de incendio o fuga y su reacción al agua. Si ocurriera un accidente, el conductor deberá poner en práctica todas las medidas detalladas en las instrucciones. Acto seguido deberá informar de lo ocurrido a las autoridades competentes y a la empresa. Como medida preventiva general el conductor deberá:

  • apagar el motor
  • comprobar que no existan llamas
  • no fumar
  • señalizar la calzada
  • prevenir a los usuarios de la calzada

La Asociación Española de Lucha contra el Fuego (ASELF) ha elaborado una guía muy útil de cómo actuar en accidentes con mercancías peligrosas. Consúltala aquí e infórmate del protocolo de actuación ante un siniestro de este tipo.

¿Qué organismo regula el transporte de mercancías peligrosas?

Un gran número de materiales y productos con la etiqueta de peligrosos son esenciales para un gran número de sectores. Cuentan con ellos para poder establecer un desarrollo normal de su actividad. Por esta razón, se ha elaborado una serie de legislaciones que establecen las bases del transporte de mercancías peligrosas. Lo principal de la normativa es que sea clara y proteja tanto a terceros como al medio ambiente.

Normativa reguladora del transporte de mercancías peligrosas

La regulación por excelencia más aplicada en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, es el ADR (Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera). El acuerdo incluye 32 países de la Unión Europea. La normativa establece una serie de reglas a seguir para que sean iguales entre todos los desplazamientos que se realicen entre las fronteras.

Básicamente la regulación hace referencia a las características de embalaje, al acondicionamiento del vehículo, ya que los productos potencialmente peligrosos necesitan de vehículos especiales para su traslado, y al etiquetado que informa del tipo de mercancías que se están trasladando. Para establecer una u otra etiqueta en el vehículo de transporte, se tiene en cuenta a qué tipología corresponde el material. Esta clasificación se realiza en función del grado de peligrosidad del producto.

Otras regulaciones en el ámbito de las mercancías peligrosas

El ADR es la regulación actual referente al transporte de mercancías peligrosas por carreteras. Pero no es la única, ya que existen otros medios de transporte de mercancías: ferroviario, marítimo y aéreo.

  • El RID es el reglamento centrado en el transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril.
  • Por otra parte, el código IMDG (Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas) se aplica al transporte por mar internacional.
  • Finalmente, el OACI, que es una normativa referente al traslado por vía aérea. Esta legislación supone un compendio de todas las normas técnicas asociadas a este tipo de transportes.

Todas estas normativas son de obligada aplicación en España. Todas las empresas del país dedicadas al transporte de productos potencialmente peligrosos han de estar al día sobre dichas normativas y, además, estar familiarizados con su contenido para una buena aplicación.

Carga y descarga de mercancías peligrosas

El medio más utilizado para transportar todo tipo de mercancías peligrosas es el transporte por carretera, por ello no es de extrañar que todos los conductores deban estar formados específicamente en ADR (Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera), de forma que puedan demostrar la misma mediante el correspondiente certificado. El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

Aunque se tiende a considerar que el riesgo en el transporte de mercancías peligrosas se centra en su recorrido y culmina con la llegada a su destino, en realidad la parte más delicada y de mayor riesgo está en las operaciones de carga y descarga de mercancías peligrosas. La normativa relativa a las operaciones de carga y descarga están contenidas en el Capítulo 7 del ADR, “Disposiciones relativas a las condiciones de transporte, la carga, la descarga y la manipulación”, así como en el Capítulo 6 del Real Decreto 97/2014.

Normas generales de carga y descarga de mercancías peligrosas

  1. El cargador será responsable de cargar la mercancía debidamente señalizada, marcada y etiquetada cumpliendo todos los requisitos exigidos en el ADR.
  2. Por cada cargamento, el cargador deberá comprobar el cumplimiento reglamentario de los epígrafes aplicables en cada caso de la relación de comprobaciones para carga de mercancías peligrosas que figura en el anexo 2 del Real Decreto 97/2014. El cargador no podrá iniciar la carga de un vehículo si no cumple con los requisitos reglamentarios de los epígrafes incluidos en los apartados: “documentación”, “estado del equipamiento del vehículo” y “comprobaciones previas a la carga”. El descargador deberá igualmente comprobar los aspectos que afecten a la seguridad en las operaciones.
  3. Todo el personal que se encargue de las operaciones de carga y descarga deberá conocer:
    • Las características de peligrosidad de la mercancía.
    • El funcionamiento de las instalaciones.
    • Los sistemas de seguridad y contra incendios, debiendo estar cualificado para su uso.
    • Los equipos de protección personal requeridos en la instalación y su utilización.
  4. La unidad de transporte deberá estar inmovilizada durante la carga y descarga.
  5. Las operaciones de carga y descarga corresponderán al expedidor y al destinatario respectivamente. Corresponderá al transportista en los siguientes casos:
    • Descarga de combustibles para usos domésticos: calentamiento de agua sanitaria, calefacción y cocinas.
    • Repostajes de combustibles efectuados directamente a algún tipo de maquinaria.
  6. Se impedirá la descarga de mercancías peligrosas contenidas en bultos directamente desde estos al recipiente final. Solo se podrá efectuar esta operación si previamente han sido descargados los bultos del vehículo.
  7. Después de la carga o descarga, el cargador-descargador realizará una inspección visual para detectar posibles anomalías: vertidos no percibidos anteriormente, mangueras conectadas, defectos en la estiba de bultos, etc. En caso de vertidos, deberá proceder a su limpieza.
  8. No se permitirá la salida del vehículo si no se han realizado los controles de comprobaciones para la carga/descarga de mercancías peligrosas, que figura en el anexo 2 del Real Decreto 97/2014, incluidos en el apartado “controles después de la carga/descarga”.

Normas de extintores en vehículos transporte de mercancías

La normativa de extintores en vehículos de transporte de mercancías está recogida a la largo de una serie de normal legales, de ahí la dificultad a la hora de unificar criterios y las dudas de los transportistas. A continuación resumiremos las normas y aclararemos, dentro de lo posible, qué vehículos están obligados a llevar extintores de incendios, cuántos y de qué características.

Según el Reglamento General de Vehículos, el equipo homologado de extinción de incendios es obligatorio en los automóviles destinados al transporte de mercancías, con una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 3.500 kg.

En el artículo primero de la Orden de 27 de julio de 1999 por la que se determinan las condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehículos de transporte de personas o de mercancías, se establece que los extintores que se instalen en vehículos de nueva matriculación, así como los de reposición en el resto de los vehículos que estén obligados por el Reglamento General de Vehículos a llevarlos, serán de tipo portátil y manual, siendo su carga de polvo seco.

La normativa continúa diciendo que para que sean conformes a la ley, dichos extintores deberán cumplir con el Reglamento de Aparatos a Presión aprobado por Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, y la Instrucción Técnica Complementaria ITC MIE-AP 5, así como con lo referido a extintores en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre.

Por lo que respecta al número mínimo de extintores a instalar en los vehículos de transporte de mercancías, hay que atender a la clasificación siguiente:

  • Hasta 7.000 kg de MMA: Uno de clase 21A/113B, 1 extintor de 6 kilos.
  • Hasta 20.000 kg de MMA: Uno de clase 34A/144B, 1 extintor de 9 kilos.
  • Más de 20.000 kg de MMA: Dos de clase 34A/144B, 2 extintores de 9 kilos.

Los vehículos de MMA inferior a 3.500 kg no están obligados a llevar extintores desde la Orden PRE/52/2010.

Transporte de mercancías peligrosas

En cuanto al transporte de mercancías peligrosas, todos los vehículos que transporten este tipo de mercancías están obligados a llevar al menos un extintor de incendios. La normativa se encuentra recogido en el Capítulo 8.1.4 del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) 2015, referente a medios de extinción de incendios y dice lo siguiente:

Todo vehículo de transporte que transporte mercancías peligrosas deberá ir provista, al menos, de un extintor de incendios portátil adaptado a las clases de inflamabilidad A, B y C, con una capacidad mínima de 2 kg de polvo (o de capacidad correspondiente para otro agente extintor aceptable), adecuada para combatir un incendio del motor o de la cabina de la unidad de transporte.

Son necesarios los suplementos siguientes:

  • MMA superior a 7.500 kg: UNO o VARIOS extintores de incendios portátiles adaptados a las clases de inflamabilidad A, B y C, con una capacidad mínima total de 12 kg de polvo (o de capacidad correspondiente para otro agente extintor aceptable), de los que al menos un extintor deberá tener una capacidad mínima de 6 Kg. Dada la imposibilidad de encontrar en el mercado, extintores de 4 Kg. que completen el equipamiento del vehículo, la mejor solución es optar por 1 extintor de 2 kg. y 2 extintores de 6 Kg.
  • MMA superior a 3.500 kg y hasta 7.500 kg: UNO o VARIOS extintores de incendios portátiles adaptados a las clases de inflamabilidad A, B y C, con una capacidad mínima total de 8 kg de polvo (o de capacidad correspondiente para otro agente extintor aceptable), de los que al menos un extintor deberá tener una capacidad mínima de 6 Kg.
  • MMA inferior o igual a 3.500 kg: UNO o VARIOS extintores de incendios portátiles adaptados a las clases de inflamabilidad A, B y C, con una capacidad mínima total de 4 kg de polvo (o de capacidad correspondiente para otro agente extintor aceptable).
  • Las unidades de transporte que transporten mercancías peligrosas conforme al 1.1.3.6 (EXCENCIONES PARCIALES), deberán ir provistas de un extintor de incendios portátil adaptado a las clases de inflamabilidad A, B y C, con una capacidad mínima de 2 kg de polvo (o de capacidad correspondiente para otro agente extintor aceptable).

Si el vehículo está equipado con un dispositivo fijo, automático o de fácil puesta en marcha, no será necesario que el extintor portátil esté adaptado a la lucha contra un incendio del motor. Los extintores no deberán desprender gases tóxicos en la cabina de conducción, ni tampoco al verse influidos por el calor de un incendio.

Los extintores de incendio portátiles conformes con las disposiciones deberán ir provistos de un precinto que permita comprobar que no han sido utilizados. Además, de acuerdo al ADR 2015, estos deben ser objeto de inspecciones y llevar una marca de conformidad con la fecha de la próxima inspección o fecha límite de utilización.

Además, deberán llevar una marca de conformidad con una norma reconocida por una autoridad competente, así como una inscripción que indique al menos la fecha (mes, año) de la próxima inspección periódica o la fecha límite de validez.

Los extintores de incendios deberán estar instalados a bordo de la unidad de transporte de manera que sean fácilmente accesibles para la tripulación. Su instalación deberá protegerlos de los efectos climáticos de modo que sus capacidades operacionales no se vean afectadas.

Las mercancías peligrosas, ¿qué son y cómo se transportan?

Diariamente consumimos productos catalogados como mercancías peligrosas sin darnos cuenta. Tenemos tan normalizado su compra y consumo que ni siquiera nos damos cuenta del riesgo que comportaría un tratamiento y transporte inadecuado. Estamos hablando de medicamentos, abonos artificiales, conservantes de alimentos, productos de limpieza, carburantes, gases, etc.

Las mercancías se consideran peligrosas cuando su transporte está prohibido por los reglamentos del transporte o su transporte esta autorizado por dichos reglamentos únicamente en las condiciones que se establecen en el mismo. Las mercancías peligrosas son materiales u objetos que presentan riesgo para la salud, para la seguridad o que pueden producir daños en el medio ambiente, en las propiedades o a las personas. Existen diversas categorías en función de sus características químicas y a su grado de peligrosidad, pero en general se estima que existen más de 12.000 tipos de mercancías clasificadas como peligrosas.

La importancia creciente de los sectores químicos, petroquímicos, petrolero y energético y, por otra parte, la ubicación de estos tipos de industrias lejos de los lugares de consumo provoca que el transporte de mercancías peligrosas en nuestro país constituya un hecho cotidiano.

Transporte de las mercancías peligrosas

La legislación establece como medidas generales para el transporte de todos los tipos de mercancías peligrosas, los siguientes requisitos:

  • Los vehículos que transporten mercancías peligrosas tienen que llevar bien visibles dos paneles rectangulares de color naranja con bordes y números negros, retrorreflectantes y visibles, uno en la parte delantera del vehículo y otro en la posterior.
  • La mercancía debe llevar el etiquetado correcto y de la forma que estipula la ley.
  • El transportista debe estar formado sobre las condiciones de seguridad que debe implementar y cómo proceder en caso de accidente.
  • El vehículo que lo transporte tendrá que haber superado satisfactoriamente todas las inspecciones obligatorias.

Por último, cabe destacar que cada modo de locomoción (carretera, ferrocarril, transporte marítimo y transporte aéreo) tiene sus propias particularidades.

Es sumamente recomendable consultar con una empresa especializada en transporte de mercancías peligrosas antes de comenzar cualquier exportación de este tipo de productos. De no seguirse las medidas estipuladas legalmente para su transporte, es posible incurrir en infracciones e incluso delitos hacia la salud pública, además del posible riesgo de accidente.